El Ayuntamiento de Fraga publica un bando sobre la prevención de incendios forestales
Son unas medidas que se sumen a las disposiciones legales vigentes y aplicables hasta el 15 de septiembre en el término municipal de Fraga.
BANDO
Don Miguel Luis Lapeña Cregenzán, Alcalde - Presidente del M. I. Ayuntamiento de la Ciudad de Fraga,
HAGO SABER:
Vista la situación especial de sequía de los últimos meses, unida a las altas temperaturas que suelen registrarse durante el periodo estival, se estima establecer, además de lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes, una serie de restricciones a tener en cuenta hasta el próximo 15 de septiembre en lo que afecta al área que comprende el Monte de U. P. 149 y 429 de nuestro Término Municipal.
Por lo tanto HE RESUELTO que quede prohibido lo siguiente:
PRIMERO:- Hacer fuego en el monte, inclusive en los hogares con chimenea dentro de los “mases”, con el objeto de evitar que chispas o pequeñas partículas incandescentes pudieran suponer un riesgo de incendio.
SEGUNDO.- Abandonar o arrojar, aún siquiera en zanjas, pozos, etc. utilizados habitualmente para ello, cualquier tipo de basura o desperdicios, debiendo retirarse por los interesados hasta depositarlas en los contenedores oportunos.
TERCERO.- Cualquier tipo de acampada en el monte.
CUARTO.- Fumar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de materia susceptible de originar un incendio.
QUINTO.- La utilización en el monte de objetos o herramientas que puedan desprender cualquier tipo de chispa, llama, ...
SEXTO.- Salirse de los caminos generales, utilizar atajos o introducirse en zonas de arbolado o matorral. Se recuerda que se debe circular a velocidad moderada.
Todo lo cual se hace público para general conocimiento.